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Material Particulado

Uno de los contaminantes que suele ser más problemático es el Material Particulado. Estas partículas suelen ser de diferente tamaño, en la Legislación de Calidad del Aire de Ecuador aparecen contempladas dos fracciones de Material Particulado por su efecto en la Salud y en el Medio Ambiente.

  • PM10 que es material particulado cuyo diámetro es menor de 10 µm (micrometros)
  • PM2.5 que es material particulado cuyo diámetro es menor de 2.5 µm (micrometros)

¿Qué es Material Particulado?

El Material Particulado o PM es una mezcla de partículas sólidas con gotas muy pequeñas que se encuentran en el aire. En esta mezcla de sólidos y líquidos pueden haber partículas de diferentes tamaños.

Mediciones de

Material Particulado PM 2,5

Están constituidas por aquellas partículas de diámetro aerodinámico inferior o igual a los 2.5 micrones, es decir, son 100 veces más delgadas que un cabello humano

Mediciones de

Material Particulado PM 10

Son partículas de diámetro menor o igual a 10 micrones (un micrón es la milésima parte de un milímetro).  Por su tamaño, el PM10 es capaz de ingresar al sistema respiratorio del ser humano.

Mientras menor sea el diámetro de estas partículas, mayor será el potencial daño en la salud.


¿Por qué se realiza Mediciones de Material Particulado?

Dentro de la Legislación Ambiental en Ecuador, se encuentra el Acuerdo Ministerial 097 A en los cuales se estable el Anexo 4, referente a la Norma de Calidad del Aire Ambiente o nivel de inmisión. En el Anexo 4 se estable la norma Técnica para la Prevención y Control de la Contaminación cuyas disposiciones son de aplicación obligatoria y rige en todo el territorio nacional. Los limites permisibles para los contaminantes criterio del aire ambiente son establecidos dentro del Anexo 4, para poder constatar que se esta cumpliendo con la Norma de Calidad de Aire Ambiental se debe realizar monitoreos para evaluar dicho cumplimiento con la Norma de Calidad de Aire Ambiental en Ecuador.

Objetivo de Mediciones de Material Particulado

El objetivo es evaluar las concentraciones de Material Particulado con respecto al límite establecido en el Anexo 4, del Acuerdo Ministerial 097-A, del 30 de Julio del 2015 en Ecuador.

Para material particulado menor a 2.5 micrones (PM2.5).- Se ha establecido que el promedio aritmético de la concentración de PM 2.5 de todas las muestras en un año no deberá exceder de quince microgramos por metro cúbico (15 ug/m3). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder cincuenta microgramos por metro cúbico (50ug/m3), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces al año.

Para material particulado menor a 10 micrones (PM10).- El promedio aritmético de la concentración de PM 10 de todas las muestras en un año no deberá exceder de cincuenta microgramos por metro cúbico (50 ug/m3). La concentración máxima en 24 horas, de todas las muestras colectadas, no deberá exceder cien microgramos por metro cúbico (100 ug/m3), valor que no podrá ser excedido más de dos (2) veces al año.

Límites permisibles de material particulado en Ecuador

Parámetros UnidadLímites Máximos Permisible ug/m3
Material Particulado PM2.5ug/m350
Material Particulado PM10ug/m3100
Tabla No 1: Límites permisibles para Calidad de Aire, según la Norma del Ecuador.

Acuerdo Ministerial 097 A – Anexo 4

Norma de Calidad de Aire Ambiente o Nivel de Inmisión LIBRO VI ANEXO 4

¿Cómo se determina la cantidad de material particulado?

La determinación de material particulado se lo realiza cumpliendo con el método EPA 40 CFR apartado 50 apendice J, M, L.

Preguntas Frecuentes

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